Plena vigencia del Decreto 1092/10

El área de Comercio informa sobre la comercialización de motovehículos

SALTO, Septiembre 03 (SaltoCiudad.com) El Departamento de Habilitación e Inspección de Comercio de la Municipalidad de Salto informó a la población que ya se encuentra en plena vigencia el Decreto Provincial Nº 1092/10 que en su articulado establece que “toda persona física o jurídica que en forma habitual comercialice motovehículos … deberá entregar juntamente con el rodado el casco reglamentario”.

Asimismo la normativa específica la creación del “Registro de Proveedores de Motovehículo”, en que se deberán inscribir todas las personas físicas o jurídicas que en forma habitual fabriquen, importen, distribuyen o comercialicen motovehículos.

Por último se hace saber que según lo normado en el mencionado Decreto 1092/10: “Toda persona física o jurídica que comercialice motovehículos estará obligada a asentar las operaciones de que fueran objeto las unidades, indicando fecha y hora de la transacción, marca, modelo, número de motor, número de dominio del vehículo, apellido, nombre, DNI, domicilio legal, firma del comprador y número de serie del caso reglamentario entregado”.

El Municipio deberá controlar y rubricar el mencionado libro especial. (SaltoCiudad.com)

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