SALTO, Noviembre 11 (www.SaltoCiudad.com) Veinte minutos después de las 21, Claudio Favergiotti, presidente del Concejo Deliberante, dio inicio a una sesión que a priori no planteaba grandes debates ni discusiones.
La controversia llegó con el expediente N°216-E-2001, enviado por el Departamento Ejecutivo en que solicita la imposición del nombre “Dr. Floreal Ferrara” a la sala de ATAMDOS del barrio Retiro. Inmediatamente el bloque del Acuerdo Cívico y Social, marca un error: la ordenanza vigente que regula la imposición de nombres a los espacios públicos dice que solamente puede elegirse homenajear a una persona, luego de tres años de fallecida.
De este modo, quedó en evidencia que el oficialismo hizo una solicitud sin conocer lo que dice la ordenanza, sobre todo teniendo en cuenta que en una de las sesiones pasadas, el Concejo no aprobó el nombre de Yayo Ríos para una parada de taxis y tampoco el nombre de Néstor Kirchner a un espacio público por el mismo motivo.
Edgardo Burgos explicó también los motivos por los cuales su bloque no está de acuerdo con la imposición de este nombre. El concejal del ACyS señaló que Ferrara tuvo sólo cuatro meses de gestión y debió renunciar por una denuncia contra su esposa que era funcionaria del Banco Provincia en la gestión de Cafiero. Conclusión: el expediente pasó a Comisión para que cuando se cumplan los pasos legales, el nombre de Ferrara se destine la sala del barrio Retiro.
El siguiente expediente que planteó polémica fue el 222-D-2011, elevado por el departamento deliberativo, que pide la derogación de la ordenanza N°131/1982, una norma del a época de la dictadura militar, que en concordancia con la Ley provincial 9448 (ya derogada) otorgaba a los intendentes y no al Concejo Deliberante la facultad de habilitar las paradas de taxis. El resultado de la votación: 13 a 1, con un sufragio negativo de la concejal Cecilia López.
El expediente 223-D-2011 con el proyecto de resolución de repudio al cierre de negocios el pasado 23 de octubre, día de las elecciones Nacionales, por violación al código electoral Ley 19945, Artículo 71 inciso c que textualmente prohíbe "tener abiertas las casas destinadas al expendio de cualquier clase de bebidas alcohólicas hasta transcurridas tres horas del cierre del comicio" también marcó posturas. En este sentido, se habló particularmente de lo sucedido con algunos locales comerciales que fueron cerrados por orden de la Oficina de Comercio, los inspectores municipales y la policía, que de este modo violaron la ley vigente. Aquí la votación fue por mayoría: 9 votos positivos, 5 inexplicables votos negativos correspondientes al bloque oficialista.
Una ordenanza importante que contó con la aprobación por unanimidad de todos los concejales, fue la creación del Consejo Municipal de Adultos Mayores. En este punto, Spadone señaló que tenía conocimiento que el mismo funcionaría en el Centro de Día, y el concejal Mendoza descartó que se haya destinado esta sede al flamante Consejo. (www.SaltoCiudad.com)